Un brik de leche, un viaje en tren, un pantalón, una reparación en el hogar… Pocos son los productos y servicios que no tienen incluido el IVA en su precio final. Pero, ¿cuáles son los que no llevan añadido este impuesto? Entre otras actividades, la cultura, la sanidad, la educación, el deporte o los seguros están exentos de IVA. Sin embargo, ¿pagamos otros impuestos al adquirir, por ejemplo, un seguro de viaje?
El IVA no afecta al precio del seguro de viaje, pero incluye otros impuestos
Por ley, la contratación de un seguro está exenta del IVA. Según la Ley 26/2006 de mediación de seguros privados, que modificó el artículo 20 de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, no contendrán este impuesto “las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización, así como las prestaciones de servicios relativas a las mismas realizadas por agentes, subagentes, corredores y demás intermediarios de seguros y reaseguros.”
Sin embargo, el precio del mismo se ve incrementado por otros impuestos especiales. Estas tasas varían dependiendo del tipo de póliza que se contrate. Es decir, no pagaremos lo mismo por un seguro de viaje que por uno de vida o de hogar.
Centrándonos en los seguros de viaje, los impuestos diferentes al IVA que los gravan son: el Impuesto sobre Primas de Seguro (IPS), el Recargo de Liquidación de Entidades Aseguradoras (RLEA) y el destinado al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)
- El Impuesto sobre Primas de Seguro (IPS) equivale al 8% del precio o prima neta del seguro, es decir, este porcentaje se aplica al precio del seguro antes de añadir recargos u otros impuestos.
- El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es una institución pública que actúa ante siniestros extraordinarios que una compañía privada no cubre. Hablamos de acontecimientos como catástrofes naturales o actos terroristas. El Consorcio tiene su propio método de financiación para cumplir su papel. Por ello, cuando contratamos un seguro de viaje, pagamos una tasa o recargo destinado al fondo con el que esta entidad paga las indemnizaciones que le competen. Este impuesto solo se incluye en los seguros viaje con coberturas de compensación por invalidez y/o fallecimiento en caso de accidente. Por lo tanto, esta tasa no se aplicaría en los seguros de cancelación de viaje. Para calcular el valor económico de este impuesto se toman en consideración distintos factores, como la cantidad económica prevista para la compensación por invalidez o fallecimiento en caso de accidente o la duración del viaje.
- En cuanto al Recargo destinado a financiar la actividad liquidadora de entidades aseguradoras (RLEA), su cuantía es del 0,15% de la prima bruta. Esta tasa afecta a las garantías adicionales que hayamos querido contratar en nuestra póliza. Las coberturas complementarias suelen tener un coste reducido y sirven para personalizar el seguro, es decir, para hacerlo más útil y completo en función del tipo de viaje que vayamos a realizar.
En definitiva, y centrándonos en el precio del seguro de viaje, hemos de tener en cuenta que, aunque el IVA no le afecte, es cierto que algunos servicios que las aseguradoras utilizan para asistir al asegurado (hotel, transporte, productos de primera necesidad, medicamentos, etc.) sí incluyen este impuesto. Por lo tanto, las subidas y bajadas del IVA, como ocurre a la mayoría de productos y servicios, acaban repercutiendo en el precio final de la póliza, sin olvidarnos del resto de tasas que hemos enumerado.
Un seguro de viaje como el Totaltravel de InterMundial asiste al viajero y cubre sus gastos ante incidencias que pueden darse en el destino (problemas de salud, accidentes, pérdida de equipajes, cancelación o retraso del transporte, pérdida de reservas o servicios, interrupción de viaje o vuelta a casa precipitada, etc.) o incluso antes de emprender el viaje (reembolso por cancelación).