El seguro está exento de IVA, pero no de otros impuestos

¿Qué impuestos tiene el seguro?

Pocos son los servicios o productos libres de IVA. El seguro de viaje es uno de ellos, pero esto no significa que esté exento de otras tasas. Desgranamos los impuestos asociados al seguro de viaje que incrementan el precio del mismo.


El seguro está exento de IVA, pero no de otros impuestos

Este impuesto equivale al 8% del precio o prima neta del seguro, es decir, este porcentaje se aplica al precio del seguro antes de añadir recargos u otros impuestos.


El seguro de viaje es uno de los pocos servicios que está exento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Esta exención viene establecida por la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.

En esta ley se especifica que aquellas "operaciones de seguro, reaseguro y capitalización, así como las prestaciones de servicios relativas a las mismas realizadas por agentes, subagentes, corredores y demás intermediarios de seguros y reaseguros" están exentas de incluir el IVA.

Sin embargo, esto no quiere decir que el seguro esté totalmente libre de otro tipo de impuestos que recarguen su precio. En función del tipo de póliza que se contrate, el asegurado pagará unos impuestos u otros, ya que no tiene los mismos impuestos un seguro de vida que uno de automóvil, por ejemplo. En el caso del seguro de viaje, el precio de las pólizas se verá gravado por tres tasas: el Impuesto sobre Primas de Seguro (IPS), el Recargo de Liquidación de Entidades Aseguradoras (RLEA) y el destinado al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).

Además de estos impuestos, que pasamos a explicar más abajo, es importante tener en cuenta que, aunque el seguro de viaje esté libre de IVA, esto no significa que su precio no se vea afectado por el Impuesto sobre el Valor Añadido. Esto se debe a que los servicios de los que se valen las compañías de seguros para proteger a los viajeros sí tienen asociado el IVA. Así, las subidas y bajadas de este impuesto en servicios como hoteles, transportes, productos de primera necesidad o medicamentos, acaban por repercutir en el precio final que el asegurado paga por su póliza.


Impuesto sobre Primas de Seguros (IPS)

Este impuesto equivale al 8% del precio o prima neta del seguro, es decir, este porcentaje se aplica al precio del seguro antes de añadir recargos u otros impuestos.


Impuesto destinado al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)

El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública española al servicio del sector asegurador. Entre otras funciones, el Consorcio se encarga de la cobertura de riesgos extraordinarios que las compañías de seguros privadas no suelen asumir, como catástrofes naturales o actos terroristas.

Para poder costear su actividad, el Consorcio tiene su propio método de financiación: cuando contratamos un seguro, pagamos un recargo en el precio destinado a crear y mantener un fondo económico para que esta entidad pague las indemnizaciones que le competen. En el caso del seguro de viaje, este impuesto supone el 0,15% de la cantidad de dinero asegurada en pólizas que incluyan coberturas de compensación por invalidez y/o fallecimiento en caso de accidente.


Recargo destinado a financiar la actividad liquidadora de entidades aseguradoras (RLEA)

Este impuesto supone un recargo equivalente al 0,15% de la prima bruta del seguro. Asimismo, esta tasa se aplica a las garantías o coberturas adicionales que hayamos contratado en nuestro seguro para hacerlo más útil y más adecuado a las necesidades de nuestro tipo de viaje.

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