1. COMPAÑÍA ORGANIZADORA: FUNDACIÓN InterMundial, con domicilio social en la C/ Irún, 7, 1ª planta, 28008 Madrid (España). Inscrita en el Registro de Asociaciones con el número 1369, C.I.F.- G-86143641., tiene previsto realizar una campaña solidaria y sorteo que se desarrollará de conformidad con las presentes bases.
La promoción que se desarrollará en el ámbito territorial de España se denominará “REGALO SOLIDARIO”. En ella podrá participar cualquier persona que cumpla con los requisitos de participación que se detallan más adelante, en el apartado “MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE PREMIOS”.
2. OBJETO: Esta campaña está organizada y ejecutada por FUNDACIÓN InterMundial, (en adelante, “la FUNDACIÓN”) con el fin de promocionar una campaña solidaria dentro de la actividad de la FUNDACIÓN.
3. ACEPTACIÓN DE LAS BASES DEL SORTEO: La FUNDACIÓN se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier participante que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente promoción así como la resolución de cualquier cuestión derivada de la misma.
La FUNDACIÓN se reserva el derecho a modificar o anular las presentes bases. La participación supone la aceptación plena e incondicional de todas las bases aquí detalladas. El reconocimiento como participante válido del mismo queda sujeto al correcto cumplimiento de las condiciones establecidas en el punto 5 y 6.
4. PERIODO PROMOCIONAL
Cualquier persona interesada en participar dispondrá de un período de (13) trece días para hacerlo, concretamente: desde el 10/12/19 al 23/12/19, ambos inclusive.
5. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE GANADORES
Podrá participar cualquier persona dentro del ámbito nacional, que cumpla con los requisitos detallados a continuación:
1. Subir una foto del regalo solidario en Instagram o Twitter con el hashtag #FundacionIntermundial
2. Mencionar a InterMundial para que registremos la donación:
o Instagram: @_intermundial_
o Twitter: @InterMundial_ES
3. También podrás indicar la ubicación para saber qué regalo se ha encontrado, a través de las herramientas de geolocalización de las diferentes redes sociales.
En la página central de campaña se detalla la ubicación exacta de los regalos
El día de resolución del sorteo y con objeto de elegir el ganador, las redes sociales de los participantes deberán permanecer públicas.
Se podrá participar tantas veces como se desee. Se contabilizará como válida para donación las participaciones originales. La donación no incluirá participaciones en las que se reposteen fotos ya publicadas.
6. CONDICIONES PARA PARTICIPAR
Podrá participar cualquier persona que cumpla con los requisitos de participación en el período en que la campaña se encuentre activa.
El reconocimiento como participante válido queda sujeto al cumplimiento de los requisitos particulares antes establecidos y de las presentes bases legales.
En el supuesto de que resultara ganador/a alguna de las personas excluidas de participación, éstas perderán su derecho a obtener el premio obtenido, procediéndose a entregar el premio a otra persona que reúna las condiciones de participación válida.
7. PREMIO, FALLO DEL SORTEO y PUBLICACIÓN DEL GANADOR
El premio del sorteo consiste en 2 (DOS) cámaras Polaroid valoradas en 130€ cada una.
Una vez concluido el plazo de la campaña y sorteo, entre los participantes que cumplan con los requisitos básicos del sorteo, se procederá a elegir a los ganadores a través de la plataforma Easypromos, que designará un ganador y dos suplentes, que resultarán elegidos en caso de que el ganador principal no responda a las 2 comunicaciones por parte de la FUNDACION, en las 48 horas posteriores a la realización del sorteo.
La FUNDACIÓN, se pondrá en contacto con los ganadores del premio a través de un mensaje directo al usuario en redes sociales que registre la participación ganadora.
La comunicación del ganador se realizará mediante publicación en redes sociales y vía email. En el caso de que no se pudiera contactar con el ganador en 2 intentos de contacto, siguientes al fallo del sorteo, éste cederá automáticamente su premio a los elegidos suplentes. La no aceptación del premio en las condiciones fijadas en las presentes bases implicará la renuncia total al mismo. Los premios son personales e intransferibles.
La FUNDACIÓN se reserva el derecho a sustituir los premios por otros de características similares o de semejante valor. Una vez realizado el presente sorteo, el participante acepta mantener indemne a la FUNDACIÓN ante cualquier cuestión relativa al premio. La FUNDACIÓN podrá cancelar este sorteo o modificar estas bases sin previo aviso, así como sustituir, en su caso, los premios por otros. El ganador será responsable de cumplir con las obligaciones fiscales y contables que comporte la obtención del premio a efectos de su imposición personal.
8. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR MAL FUNCIONAMIENTO DE LA RED.
La empresa organizadora queda exonerada de toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento de la red Internet que impida el normal desarrollo del sorteo por causas ajenas a la empresa y especialmente por actos externos de mala fe. Tampoco será responsable la empresa organizadora por los problemas de transmisión o pérdida de correo electrónico o correo postal no imputables a la misma.
9. PROTECCIÓN DE DATOS: Información básica sobre protección de datos.
1. Los datos de carácter personal (en adelante, los “Datos”) que el participante en caso de ser persona física, faciliten a la FUNDACIÓN en relación con el presente Concurso, serán tratados por INTERMUNDIAL XXI SL en calidad de responsable del tratamiento, principalmente, para las siguientes finalidades y atendiendo a las legitimaciones indicadas:
(i) Gestionar la participación en el concurso y entrega del premio en el caso de resultar agraciado. Este tratamiento resulta necesario para que usted pueda participar.
(ii) Practicar la retención fiscal en el caso de que resulte agraciado. Este tratamiento responde al cumplimiento de una obligación legal.
(iii) Utilización pública de sus datos e imagen en el caso de resultar ganador del concurso. Este tratamiento requiere de su consentimiento.
(iv) El desarrollo de acciones comerciales dirigidas al Interesado en general, y en particular, el ofrecimiento y/o la recomendación de productos y servicios de la FUNDACIÓN, que puedan resultar de su interés, teniendo en cuenta los que hubiera contratado en el pasado. Este tratamiento resulta necesario para la satisfacción de los intereses legítimos de la FUNDACIÓN. (v) La prevención, investigación y/o descubrimiento de actividades fraudulentas, incluyendo eventualmente la comunicación de los Datos de los Interesados a terceros, sean o no empresas del Grupo INTERMUNDIAL. Este tratamiento resulta necesario para la satisfacción de los intereses legítimos de la FUNDACIÓN.
(vi) La grabación de la voz de los Interesados para mantener la calidad del servicio, cuando éstos se dirijan por vía telefónica a la FUNDACIÓN, y utilizar las grabaciones como prueba en juicio y fuera de él, en caso necesario. Este tratamiento resulta necesario para la satisfacción de los intereses legítimos de la fundación.
(vii)La realización de procedimientos de anonimización, tras los cuales el de la Correduría de Seguros ya no estará en disposición de identificar a los interesados. La finalidad de dichos procedimientos es utilizar la información anonimizada con fines estadísticos y para la elaboración de modelos de comportamiento. Este tratamiento resulta necesario para la satisfacción de los intereses legítimos.
(viii) La cesión de los Datos de los Interesados a otras empresas de INTERMUNDIAL y terceras empresas participadas y/o empresas colaboradoras de INTERMUNDIAL, en caso de que dichos Interesados lleven a cabo la contratación de alguno de los productos y/o servicios de dichas entidades que son comercializados por INTERMUNDIAL. Este tratamiento resulta necesario para la satisfacción de los intereses legítimos de INTERMUNDIAL.
Con respecto a los tratamientos (iv) a (viii), los Interesados podrán ejercer el derecho de oposición, dirigiéndose al Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente de INTERMUNDIAL XXI SL.
2. la FUNDACIÓN podrá facilitar los Datos a terceros en los siguientes supuestos:
(i) Fedatario Público del concurso.
(ii) A empresas de INTERMUNDIAL XXI SL así como empresas colaboradoras y/o participadas por INTERMUNDIAL XXI SL (a modo de ejemplo, entidades aseguradoras y gestoras de activos financieros) para la contratación de productos o servicios de dichas entidades por parte de los Interesados y/o para dar cumplimiento a obligaciones legales.
(iii) Los Datos podrán ser cedidos a Organismos Públicos competentes, Agencia Tributaria, Jueces y Tribunales, cuando INTERMUNDIAL XXI SL tenga obligación legal de facilitarlos.
3. Los Interesados podrán acceder, rectificar, suprimir, oponerse y solicitar la limitación de determinados tratamientos, así como portar sus Datos u oponerse a ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado y, en general, consultar todas las cuestiones relativas al tratamiento de sus Datos, ante el Delegado de Protección de Datos de InterMundial, mediante el envío de un correo electrónico a lopd@intermundial.com o por correo postal dirigiéndose a Calle Irún nº 7, 1ºA del 28008 Madrid.
10. RÉGIMEN FISCAL. Los productos objeto de promoción no están sujetos a retención o ingreso a cuenta, dado que de conformidad con el Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, según redacción dada por el R.D. 439/2007 (art.73.3.f), se excepcionan de retención los premios cuya base de retención no exceda de 301 euros.
11. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Las bases del presente concurso se rigen por las Leyes Españolas. INTERMUNDIAL XXI SL y los participantes de este sorteo, ante cualquier controversia respecto a las bases de este sorteo se someten expresamente a los juzgados y tribunales de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle. El usuario acepta las condiciones establecidas anteriormente.